La nueva Ley de Radiodifusión tiene como objetivos terminar con los monopolios en radio y televisión y darle participación en el espectro radiofónico a entidades sin fines de lucro, entidades con fines de lucro y al Estado Nacional, los tres por partes iguales.
El proyecto se debatió durante casi 20 horas, entre las 10,30 de la mañana del viernes 9 y las 6 de la mañana del sábado 10 de octubre, principalmente, porque hubo más de 50 oradores, la mayoría de los cuales habló durante por lo menos media hora.
Sólo la discusión en general de la norma llevó 16 horas, hasta la 2:30 de la mañana, cuando el proyecto fue aprobado por 44 votos a favor y 24 en contra. A la votación faltaron Roberto Urquía (PJ) y Norberto Massoni (UCR), de licencia por enfermedad, y Carlos Menem, del PJ disidente, que se fue del Congreso, y Emilio Rached, del radicalismo que llegó tarde al momento de votar.
A los votos afirmativos del Frente para la Victoria se sumaron el del socialista Rubén Giustiniani, el tucumano de Fuerza Republicana, Carlos Salazar; los fueguinos del ex ARI, María Rosa Díaz y José Martínez; y la radical correntina María Dora Sánchez.
DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS: La libertad de expresión es un derecho de todos, no es de un grupo. La ley consagra además derechos individuales como la privacidad y a la propia imagen. Se garantiza el derecho social a la comunicación. Las instituciones de la democracia (oposición parlamentaria, Comisión Bicameral, y las provincias en el Consejo Federal) por primera vez integran la Autoridad de aplicación.
PLURALISMO: Establece principios de pluralidad en el acceso a los servicios audiovisuales a través de prestadores de carácter privado comercial, social sin fines de lucro y público previendo un acceso equitativo a todas las plataformas disponibles. Se reconoce el derecho a la comunicación de los pueblos originarios.
ACCESO A NUEVAS TECNOLOGIAS: Promueve la construcción de una sociedad del conocimiento y la información mediante el acceso e inclusión en las nuevas tecnologías para la producción de bienes y servicios culturales.
La digitalización del sector audiovisual favorecerá el ingreso de nuevos operadores, en tanto que el triple play deberá ofrecer mejores posibilidades de acceso a los usuarios. Los prestadores de servicios públicos deberán garantizar, en forma previa, el acceso de la competencia a su propia red.
FEDERALISMO Y AMPLITUD: Se reemplaza el directorio militar que aún establece la ley 22.285 por un organismo colegiado con participación del Ejecutivo y de la oposición parlamentaria, así como un Consejo Federal que integrará a todas las provincias y a todos los actores (públicos, privados, sociales, universitarios y de pueblos originarios) en la futura autoridad de aplicación. El Parlamento tendrá funciones de seguimiento y evaluación a través de una Comisión Bicameral.
PARTICIPACION CIUDADANA: Se crea la Defensoría del Público, cuyo titular estará facultado para verificar el cumplimiento de la ley en nombre de los ciudadanos/as de todas las provincias.
Las licencias durarán 10 años y su renovación requerirá la participación de los vecinos/as en las Audiencias Públicas que deberán opinar sobre el funcionamiento de los respectivos servicios.
PROMOCION DEL EMPLEO Y CONTENIDOS NACIONALES: Los servicios audiovisuales estarán en manos argentinas (70 % de capital nacional) y deberán observar cuotas de producción de contenidos nacionales, así como porcentajes de producción propia, local e independiente que aseguren puestos de trabajo para artistas, periodistas, locutores, operadores y realizadores culturales en todas las regiones. Se establece una cuota de pantalla para el cine nacional y las artes audiovisuales.
DIVERSIDAD Y PLURALISMO: Se promueve la pluralidad de voces y la diversidad, limitando la alta concentración mediática y las prácticas anticompetitivas.
Para ello se establecen topes a la cantidad de licencias (10 a nivel nacional y 3 en lo local) en manos de un mismo propietario y cuotas máximas de penetración de mercado (35%) en los servicios televisivos.
Se fomentan además las condiciones de competencia en la producción y distribución de contenidos mediante la regulación de la propiedad cruzada de soportes audiovisuales (TV abierta/TV por cable o Plataforma de distribución/Señales de contenidos), tal como ocurre en los países más desarrollados.
LIBERTAD Y RESPONSABILIDAD: Todos tienen libertad para opinar. La ley propone un Consejo Asesor del Audiovisual y la Infancia que promueva contenidos para mejorar la calidad de los contenidos dirigidos a los niños.
También estimula la producción de contenidos educativos y culturales, así como el respeto a la igualdad de género y la inclusión de sectores con discapacidad.