La Reunión se llevó a cabo con la gran expectativa que llevaban los muchos ASISTENTES AFILIADOS, a la misma. Los Liquidadores - CPN Eduardo Moreno y Ricardo Daniel López – según la Convocatoria efectuada, informarÃan a los presentes, lo relativo al Proceso de Liquidación del INCJUPEN, tarea para lo que fueron designados, originalmente, por seis meses, en fecha 7 de Noviembre de 2008 – Resolución Nº78/08 – CS-, mandato prorrogad por seis meses más. Ello, con una remuneración mensual de Pesos $ 2100, cada uno – Resolución Nº 129/08 – CS. El Consejo Superior les renovó sus nombramiento los que vencerán el 7 de Noviembre de 2009.
Ahora bien, las explicaciones dadas – por el Contador Moreno - se refirieron entre otras, al trabajo - en ejecución - de la carga computarizada de los aportes; a la determinación de la liquidación básica de cada Afiliado: a la tarea consiguiente de actualización, y a otros datos que deben ser identificados para la concreción de las sumas que pudieran corresponder a cada Afiliado en la DISTRIBUCIÓN.
El Tema de los Inmuebles fue mencionado como algo NO DEFINIDO, ni tampoco en vÃas ciertas de concreción.
Si bien la Reunión era INFORMATIVA, los Afiliados – AL FINAL – NO SE SINTIERON DEBIDAMENTE INFORMADOS, sino decepcionados en cuanto a la expectativa creada, confundidos algunos, disconformes otros, desorientados, insatisfechos, sin SABER que resultaba PRECISO O CLARO, en definitiva.
El Contador Moreno, en su criticable exposición, NO llegó a establecer CONCLUSIONES PARA CADA UNO DE LOS TEMAS O PARA CIERTOS ASPECTOS DE LO QUE ES DE PRIMORDIAL INTERÉS DE TODOS Y DE CADA UNO DE LOS AFILIADOS. La Reunión terminó y…allà quedó el asunto, SIN NADA CLARO, NI SIQUIERA el “Plazo†estimativo de FINALIZACIÓN DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN Y DISTRIBUCIÓN.
Lo único que pudo extraerse y no muy precisamente, es que se realizarÃa un pago la Primera Quincena de Diciembre de 2009, lo que hace suponer que los Liquidadores continuarán con su mandato, no se sabe hasta cuándo; circunstancia que provoca una lógica disconformidad de muchos o de la mayorÃa de los Afiliados.
“El Mecanismo o Procedimiento de la Liquidación y Distribución†NO HA SIDO FIJADO POR EL CONSEJO SUPERIOR – lo que debió ser establecido en forma previa al inicio de la Liquidación -; ello señala que las Pautas o Indicaciones – del Mecanismo - son fijadas en la marcha de la tarea y resultan IMPROVISADAS Y EN CONSECUENCIA, ABSOLUTAMENTE DESCONOCIDAS PARA LOS AFILIADOS.
El tema de los INMUEBLES – de Propiedad del INCJUPEN – por lo manifestado por el Contador Moreno, parece ser que no se ha realizado NADA al respecto, ya a que el Liquidador Informante solo se limitó a comunicar que NO SE HABÃA llevado a cabo la TASACIÓN de los mismos y que “uno de ellos†carecÃa de MENSURA!!!! Cabe preguntar y ¿QUE HIZO LA COMISIÓN PARA CUMPLIR CON LOS RECAUDOS PREVIOS A LA VENTA???? Han pasado DIEZ MESES y está todo esto sin gestión alguna?? Es imposible creer y aceptar la excusa de la falta de Mensura…y tan solo de uno de los Inmuebles.
Del Tema del Hotel de Valle Fértil, fue lamentable la Información recibida; resultó evidente que se evitó dar los datos verdaderos acerca de la situación derivada de la falta de Escrituración; de la cuestión judicial suscitada con motivo de la Compra efectuada y la supuesta Nulidad planteada en sede judicial; de los resultados PRECISOS del “JUICIOâ€; de la referida “TRANSACCIÓN†a la cual aludió el Rector rápidamente y sin que se le entendiera nada de lo que querÃa manifestar; de lo adeudado o de la falta de deuda alguna, etc., etc., En sÃntesis, NADA CLARO.
Ahora bien, surgió el Tema de la “DEVOLUCIÓN DE LAS SUMAS QUE INVIRTIÓ EL INCJUPEN , en el funcionamiento y Administración del Complejo de Ullúm y del Dique las HORNILLAS – Resolución Nº 1868/2000 – del Rectorado. La inversión fue de Pesos $1.663.000 = Dólares a MARZO DE 2001. No obstante los “Reiterados Reclamos†efectuados por el Consejo de Administración del INCJUPEN – bajo la Presidencia del Ing. Melián -, quien requirió mediante el Pedido de Pronto Despacho, en fecha 28 Septiembre de 2005 – Expte. Nº 16 – 229 – D – 05 - “el Reconocimiento y Devolución al INCJUPEN del dinero erogado en el Complejo Náutico Ullumâ€â€¦, la Autoridad Universitaria, no dio respuesta favorable. Es necesario recordar, que bajo la presidencia - del Consejo de Administración - del Sr. Oscar Alberto Sarmiento, el Consejo Superior en sesión de fecha 30 de Marzo de 2006, dispuso que era el Rectorado quien tenÃa la competencia para entender en el tema referido precedentemente, sesión en la cual el Sr Rector – Dr. Ing. BenjamÃn Kuchen - manifestó: que el Pedido efectuado por el INCUPEN, NO ES VIABLEâ€. En consecuencia: después de “un largo tiempoâ€, el Rector, emitió la Resolución Nº 1271/08, de fecha 9 de Septiembre de 2008, por la que dispuso: “No hacer lugar a la solicitud presentada por el INCJUPENâ€â€¦
Los Afiliados DEBEMOS REQUERIR, que este tema se resuelva y se defina precisamente, sin aceptar los argumentos excusatorios invocados acerca del Juicio Penal pendiente contra el ex – Presidente y ex - Tesorero del Instituto. EL DINERO ACTUALIZADO HASTA LA DEVOLUCIÓN, ES DE LOS AFILIADOS, ES NUESTRO, Y DEBEMOS EXIGIR SU DEVOLUCIÓN. Ello, a los efectos de integrar el Capital de la Distribución. Por lo tanto, las Sumas anunciadas por los Liquidadores NO SON Correctas en su alcance, razón por la cual deben ser debidamente especificadas, efectivizadas concretamente a la brevedad.
Cabe agregar, que previo a la Reunión, han sido presentadas ante el Consejo Superior, una gran cantidad de NOTAS por las cuales se REQUERÃA que la Comisión Liquidadora RINDIERA formal y públicamente, CUENTAS a los AFILIADOS, SE CONTARA CON LA PRESENCIA DE UN ESCRIBANO PÚBLICO Y QUE SE FIJARA – a los Liquidadores - UN PLAZO PERENTORIO DE FINALIZACIÓN DEL PROCESO DE LIQUIDACIÓN. El Consejo Superior, ha hecho CASO OMISO DE TAL REQUERIMIENTO GENERAL DE LOS AFILIADOS.
De ello, puede deducirse la indiferente actitud, el criterio de desmerecimiento y la falta de consideración de la Autoridad Universitaria sobre el tema; el cual podrÃa llegar a derivar en reclamos y/o planteos Judiciales, de diversa Ãndole, que la Universidad – puede evitar – y que tendrÃa que afrontar, si los mismos resultaran favorables a los posibles Demandantes.
Dora Yolanda Moreno – Abogada -
Master en Derecho Administrativo -