Hay tres derechos que la ciudadanía tiene en carácter de indelegables:
•Derecho a peticionar.
•Derecho a la información.
•Derecho a la libre expresión.
Sólo se puede ser ciudadano pleno si se ejercen efectivamente estos
derechos y se los defiende.
•El asunto fundamental es ser ciudadano realmente y no meramente parecerlo.
•Hay que advertir, además, que no hay defensa posible de estos
derechos sin el ejercicio efectivo.
•El ciudadano aparente ni defiende ni ejerce estos derechos.
Cuando el ciudadano no ejerce estos derechos, es como si los delegara
entre quienes tienen poder, y en ese caso pierde en los hechos la
ciudadanía que corresponde de jure.
Los tres derechos ciudadanos indelegables no pueden ser incautados por poder alguno, sea público o privado, legal o ilegal, legítimo o
ilegítimo. Porque en todo caso, al apoderarse e incautarse de los
derechos ciudadanos indelegables, el poder o el poderoso o el
potentado qUe lo hiciere comete una extralimitación y una grave
violación de la constitución.
Cuando el ciudadano cede estos derechos y cuando el que detenta poder
se los atribuye o los incauta, hay grave inconstitucionalidad, porque
la constitución protege a la ciudadanía y en algún caso, como lo es
con la constitución de San Juan, protege el disenso.
Justamente, los tres derechos ciudadanos indelegables son garantidos
para poder manifestar la disidencia. La conformidad y la aceptación no engendran el deseo o la necesidad de peticionar, informarse y
expresar. El disenso, la disconformidad puntual y circunstanciada y la inconformidad como conducta, constituyen el sólido fundamento de estos grandes derechos cívicos.
El que vende o alquila estos tres derechos asesina su propia
ciudadanía y la de los demás. El que compra silencios avanza en el
camino de la tiranía. El que dice defender la libertad de prensa y no
transparenta cuánto le dan para que hable o calle escribe con la tinta de la hipocresía y habla con la saliva del encubridor.