La MCSJ, modifica artículo 6 de la ordenanza tributaria anual año 2021, “adicional por baldío” y los baldíos en capital sufren un incremento en el pago anual que puede llegar al 400% o 600% de lo pagado en 2020!!!!!!
“Contribución por inspección y control de seguridad e higiene sobre terrenos baldíos”??????, un servicio que podría calificarse de intangible, imposible de calificar y de cuantificar o sea no sería una tasa de servicio sino un impuesto. La CSJN se ha expedido sobre este tema.
Hasta el año 2020 el adicional por baldío era 100% sobre la determinación que surja de la aplicación del art4°, contribución limpieza, barrido, alumbrado, etc, que depende de secciones catastrales y localización, y el monto era anual; Año 2021 el monto máximo adicional a tributar es 8000$ MENSUALES!!!!!
Ejemplo. terreno baldio.500m2. con cierre y vereda reglamentaria
Año 2020: ordenanza N° 13109
Sección catastral 33,39,41,42,43,44,45,46,47,48,49,50,51,52,56.
Contribución Anual 5.856$
Adicional por Baldío Anual:5856$
Total :11612$, a lo que aplican los descuentas que el municipio determina.
Año 2021: ordenanza N° 13273
Sección catastral 33,39,41,42,43,44,45,46,47,48,49,50,51,52,56.
Contribución anual:8784 $
Adicional por baldio:500m2x7,5$/m2=3750$MENSUALES!!!!!!!!
3750$x 12 meses=45000$!!!!!!
Total, a pagar:8784$+45000$=53.784$, a lo que se aplican los descuentos que determina municipio. Incremento anual. 4,63 veces lo pagado en 2020.
La MCSJ debería suspender el cobro del adicional mencionado hasta tanto se debata en audiencia pública que el monto del adicional máximo sea Anual y no represente un valor carente de toda lógica